Atento las observaciones formuladas por el Prof. Walter VELEZ, en su carácter de Pro Tesorero del Consejo Directivo FBG – respecto de las disposiciones del Art. 31, inc. 4º del Estatuto FBG, que reconocen “derecho a voto” únicamente a las Afiliadas que compitan en alguna de las ramas “artística femenina”, “artística masculina” y/o “rítmica”, se remite la RECTIFICACIÓN del Padrón Electoral para la Asamblea General Ordinaria del próximo 16 de MARZO de 2019 con los alcances y condiciones dispuestos en la normativa consignada.
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